DOCUMENTACIÓN SOLICITADA A LAS EMPRESAS EXTERNAS
En cumplimiento del Art. 4 del Reglamento de Régimen Interior del CN Campello que recoge que toda persona que entre en el recinto del Club para desarrollar algún tipo de trabajo, con arreglo a la Ley y dar íntegro cumplimiento de la normativa vigente y en particular por su relevancia a la referente a la Ley de prevención de riesgos laborales y normativa que la desarrolla.
Así como del Art. 27 del Reglamento de Régimen Interior del CN Campello, relativo a los ‘Trabajos en varadero’ que añade que los socios podrán realizar tareas de mantenimiento en sus embarcaciones previa comunicación y autorización correspondiente. El personal ajeno al Club, podrá trabajar en varadero, siempre que lo contrate algún socio o usuario y conste debidamente inscrito en el censo creado al efecto por el Club.
Documentación solicitada
Documentación a aportar con carácter previo a la realización de los trabajos:
-TARJETA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.
-CERTIFICADO TGSS ACREDITANDO ESTAR AL CORRIENTE DE PAGO.
-CERTIFICADO AEAT ACREDITANDO ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS.
-ALTA IAE.
-RELACIÓN NOMINAL DE LOS TRABAJADORES QUE UTILIZARÁN LAS INSTALACIONES
-MEDIOS TÉCNICOS Y MECÁNICOS QUE SE UTILIZARÁN.
-DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA INFORMACIÓN Y FORMACIÓN IMPARTIDA A LOS TRABAJADORES, SEGÚN ART. 19 DE LA LEY 31/95 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
-TC1-TC2 Y DNI DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA Y, JUSTIFICANTE DEL PAGO CORRESPONDIENTE. EN EL CASO DE LOS TRABAJADORES AUTONOMOS, ÚLTIMO RECIBO DEL PAGO DE LA S.S.
-COPIA DEL SEGURO DE RESP. CIVIL, DAÑOS A TERCEROS Y JUSTIFICANTE DE PAGO QUE CUBRA LA RESPONSABILIDAD EN QUE PUDIERA INCURRIR (MÍNIMO 300.000 €).
Puede remitir dicha documentación al correo varadero@cncampello.com o bien presentarla en la oficina de Capitanía del CN Campello para su autorización.
Será de obligado cumplimiento el uso en zona visible de la tarjeta de identificación que a tal efecto expida el Club durante los trabajos a realizar.